La Junta de Andalucía prohibe la celebración de velatorios en la Comunidad Autónoma

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se ha dispuesto la prohibición de todos velatorios en Andalucía, independientemente de su celebración en instalaciones públicas o privadas.

Asimismo, se restringirá la comitiva para el enterramiento o despedida de cremación a los familiares más cercanos, guardando entre las personas una distancia de 1 o 2 metros, y se procurará evitar todo tipo de manifestaciones afectuosa, posponiéndose el culto o ceremonia civil fúnebre, para cuando cese el estado de alarma. Tampoco se realizarán actuaciones de limpieza ni intervenciones de tanatopráxia o tanatoestética sobre ningún cadáver.